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La Corte Suprema de Justicia confirma la sentencia que condena al Estado Nacional a producir informa

  • ACIJ
  • 5 oct 2017
  • 1 Min. de lectura

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó el recurso extraordinario interpuesto por el Estado Nacional contra la sentencia de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal que lo obligaba a producir información básica sobre la escolaridad de alumnos/as con discapacidad.

El caso fue iniciado a principios de 2015 cuando ACIJ, ADC, ASDRA y REDI -con el apoyo del Grupo Artículo 24 por la Educación Inclusiva- interpusieron un amparo colectivo ante la constatación de graves falencias y vacíos en la información relevada por el Estado Nacional en esta materia.

En 2014, la Dirección Nacional de Información y Evaluación de la Calidad Educativa (DiNIECE), encargada de los relevamientos anuales, había reconocido que no producía la misma información para escuelas comunes que para escuelas especiales, a las que asisten mayoritariamente estudiantes con discapacidad y que -por diversos errores metodológicos que impedían obtener datos fiables- desconocía la cantidad de niños y niñas con discapacidad que asistían a escuelas comunes.

El 3 de noviembre de 2016 la Cámara consideró que existía una omisión por parte del Estado en el cumplimiento de obligaciones asumidas internacionalmente al ratificar la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y ordenó al Estado que “realice las acciones y gestiones administrativas necesarias, en el marco de sus competencias, para asegurar la producción de la información solicitada” sobre la trayectoria educativa de las personas con discapacidad.

Fuente Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia

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